Protección a las Prestaciones Sociales.
La protección de las prestaciones sociales nace del Derecho Constitucional, del artículo 1° que establece los derechos
y garantías laborales y del artículo 53
que fija los principios protectores del trabajo.
En el Derecho Laboral las normas que garantizan y
preservan las prestaciones sociales versan sobre su:
- · Irrenunciabilidad
- · Inembargabilidad
- · Prohibición de cederlas
- · Carácter de crédito privilegiado
- · Derecho de trasmitirlas a los herederos
- · Exención de impuestos.
Aporte, ANA MILENA ESPITIA GUTIERRES
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